jueves, 12 de abril de 2012

Definitivo: Alcalde acoge reclamo de ilegalidad interpuesto en caso San Alfonso del Mar


Patricio Gómez Bahamonde

Para aclarar los rumores y dudas existentes en nuestra comuna en relación al denuncio de ilegalidad al actuar de la Dirección de Obras Municipales al haber otorgado la recepción definitiva al proyecto San Alfonso del Mar, Edificio Puerto del Sur, existiendo graves incumplimientos, creo necesario hacer público -en extenso- el Oficio N° 149 /2012 de fecha 03 de Abril de 2012 del señor alcalde. Ello clarifica la situación y termina con la incertidumbre. Sin embargo, de la lectura del oficio surge la necesidad de que se mantenga en adelante informada a la ciudadanía algarrobina sobre las acciones que se le exigirán a la Inmobiliaria para el cumplimiento a cabalidad de las obras incumplidas a la fecha.

Transcribo a continuación el Oficio:

Mediante el presente Oficio, y estando dentro de plazo, según lo dispuesto en el Título Final de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en sus artículos 151 y siguientes, y en razón del Reclamo de Ilegalidad interpuesto en contra del Alcalde de la comuna, don Jorge Luis Pizarro Romero, por don Manuel García Schneider y doña Xenia Montonari Paiva, recepcionado por el Municipio con fecha 16 de marzo de año 2012, en donde en resumen exponen que a su juicio se comete ilegalidad al otorgar el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo, la recepción definitiva al proyecto San Alfonso del Mar, Edificio Puerto del Sur, mediante resolución N° 039/2012, de fecha 10 de febrero de 2012, infringiendo el ordenamiento jurídico en su conjunto toda vez que, el accionar ha trasgredido y dispuesto un ordenamiento relativo a los usos del suelo, en lo relacionado a la urbanización y edificación, transgrediendo las normas legales y reglamentarias que regulan la planificación comunal, solicitando a su vez que se dicten las medidas necesarias para la anulación del certificado de recepción final del edificio Puerto del Sur, a fin de no afectar los derechos de los habitantes de Algarrobo con la medida ilegal correspondiente a la recepción definitiva.

Respecto a la solicitud efectuada por los requirentes, en cuanto a los hechos que se exponen en el cuerpo de su escrito y efectivamente como se expresa en la memoria del Proyecto Seccional Costa Dorada, es efectivo a juicio de éste Alcalde, que por parte de la Inmobiliaria El Plomo no se ha dado cumplimiento a las obras de mitigación que en relación al proyecto San Alfonso del mar se debió dar cumplimiento, tales como:

1.-La construcción de estacionamientos de uso público, en el sector sur de San Alfonso del Mar que pertenece al seccional costa dorada, definido como ZE, que corresponde a una capacidad de 200 vehículos, respecto del cual la Inmobiliaria El Plomo no ha dado cumplimiento.

2.-La construcción de paseos peatonales en el borde de los esteros el Membrillo y San Gerónimo, cuyo objeto es conectar el camino público con la playa de una ancho de 15ms, obligación igualmente contenida en el seccional costa dorada y que se ha incumplido por la inmobiliaria El Plomo, ya que actualmente existen solo dos caminos de un ancho no superior a los cuatros metros, para el uso público, con carpeta solo de maicillo.

3.-Establecer zona de protección de los esteros El Membrillo v San Gerónimo, obligación contenida en el seccional costa dorada, el que señala que debiese existir un ancho de 23 metros desde la ribera de los esteros mencionados y que nuevamente la Inmobiliaria El Plomo ha incumplido.

4.-La construcción de paseo peatonal de ancho mínimo de 20.8 metros en toda la extensión de San Alfonso del Mar, el que debe cumplir con la característica de ser utilizado en condiciones de Altas Mareas, respecto del cual no se ha dado cumplimiento alguno por la inmobiliaria El Plomo, ya que no tiene el metraje, ni las características señaladas en el seccional costa dorada.



Los incumplimientos cometidos por la Inmobiliaria El Plomo han afectado claramente a la comunidad Algarrobina y de manera alguna se ha dado cumplimiento a las exigencias del seccional Costa Dorada y de su respectiva memoria. Es deber de las Municipalidades velar por el cumplimiento de las normas legales y el bienestar de la comunidad, en conformidad a los artículos, 6o, 7o, 19 N° 2, 24 de la Constitución Política de la República, artículo 5o letra k), N° 6 letra b) de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y las normas pertinentes de la Ley General de Urbanismo y Construcción y su respectiva ordenanza.

Así, las actuaciones y decisiones que toman los órganos de la Administración del Estado, reconocen como límite aquello para lo cual están expresamente facultados por la ley, según el principio de legalidad habilitante consagrado en los Arts. 6 y 7 de la Constitución Política de la República. Es decir, la ley marca el límite de la actividad estatal y no se puede realizar actividades más allá de esas competencias asignadas.

Idénticos fundamentos han recogido nuestros tribunales superiores de justicia, al señalar la facultad de intromisión del Alcalde respecto de las actuaciones del Director de Obras en el ámbito de sus atribuciones y facultades;


Quinto: "Por su parte, la potestad que el artículo 12 ya citado confiere al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo para conocer del asunto es facultativa, de manera que - afirma- el particular puede elegir la vía que estime pertinente para efectuar su reclamo..."   "... Finalmente sostiene que de la lectura del artículo 140 de la Ley Orgánica de Municipalidades aparece claro que el particular agraviado puede ocurrir ante el Alcalde por toda  resolución u omisión de éste o de sus funcionarios, que estime ilegal cuyo es el caso que nos ocupa"


Séptimo: "Al respecto, cabe consignar que el artículo 140 de la Ley N° 18,695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su letra b) señala que los particulares agraviados por toda resolución u omisión del Alcalde o de otros funcionarios municipales, que estimen ilegales, podrán reclamar de ello ante el Alcalde, dentro del plazo que allí se indica."


En consecuencia, tratándose en la especie de un reclamo en contra de una resolución dictada por el Director de Obras de la Municipalidad de La Reina, no cabe duda que el Alcalde de dicho municipio es competente para conocer de él.


El hecho que el artículo 12 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones disponga que la Secretaria Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo podrá resolver las reclamaciones interpuestas en contra de las resoluciones dictadas por los Directores de Obras, en nada altera lo antes concluido, desde que dicha norma legal establece una atribución facultativa que no elimina la competencia que el artículo 140 de la Ley 18.695 le entrega al Alcalde para pronunciarse de los reclamos que ante él se interpongan en contra de las resoluciones u omisiones de los Directores de Obras (Rol N° 5.703-2006, Corte Suprema).

En razón de lo expuesto por nuestros Tribunales Superiores de Justicia, es que se procede acoger el presente reclamo de ilegalidad deducido por los reclamantes y se procederá a realizar por éste Alcalde, las acciones tendientes a corregir las situaciones señaladas en el cuerpo de este escrito y que dice relación con la recepción Definitiva del Edificio Puerto del Sur otorgada por el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo, en conformidad a lo establecido en los artículos N° 24 letra a), N° 151 letra b) de la ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. Al respecto es dable señalar que atañe a la autoridad edilicia pronunciarse sobre los reclamos de ilegalidad que ante él se planteen por los particulares en contra de resoluciones u omisiones suyas o de otros funcionarios que estimen ilegales, sin que sea impedimento para ello la posibilidad que el artículo 12 de la ley General de Construcción y Urbanismo le entrega a la Secretaria Regional correspondiente del Ministerios de Vivienda y Urbanismo de Resolver las reclamaciones interpuestas en contra de los Directores de Obras Municipales.

En consideración a lo expuesto y en atención a lo que dispone el Seccional Costa Dorada y su memoria explicativa, Inmobiliaria el Plomo no ha dado cumplimiento a las exigencias que en él se señalan, lo que se ha plasmado en el deterioro que la comuna ha tenido en cuanto a su accesibilidad, conectividad y carencia de construcciones, así como la convicción del actuar estricto y celoso al ordenamiento jurídico existente, se Acoge el Reclamo de Ilegalidad presentado con fecha 16 de marzo de 2012 declarando quien suscribe, en definitiva, que se procederá a decretar a restablecer el imperio del derecho y revisar los fundamentos que se tuvieron a la vista al conceder la recepción Definitiva del Edificio Puerto del Sur, otorgada por el Director de Obras de de la I. Municipalidad de Algarrobo.

Jorge Pizarro Romero
Alcalde
I. Municipalidad de Algarrobo

9 comentarios:

Anónimo dijo...

Municipalidad de La Reina???????

Anónimo dijo...

Claramente fue un error lo de la muni de La Reina, Se refiere a la Muni de Algarrobo.
gravias por el aporte y cuenten conmigo.
Cvargass
arqto.

Liliana Iturriaga dijo...

El Alcalde acoge el presente reclamo de ilegalidad de San Alfonso del Mar ya que ´el realizará las acciones tendientes a corregir las situaciones que dicen relación con la recepción Definitiva del Edificio Puerto del Sur otorgada por el Director de Obras de la I. Municipalidad de Algarrobo...
Este reclamo servirá para proteger a las aves migratorias y residentes de los humedales aledaños a San Alfonso del Mar? como son el Humedal Los Patitos, (desembocadura estuarina del Estero San Jerónimo) y el Humedal del Membrillo (desembocadura estuarina del Estero El Membrillo), la nidificación de los Triles que habitan en los Totorales lado sur del estero San Jerónimo, que son especies patrimonio natural, y que ellos son parte del corredor biológico de aquellos sitios de preocupación del Buró Internacional para el estudio de las aves Acuáticas y los Humedals (IWRB)
Felicito al Alcalde de Algarrobo que hará cumplir lo estipulado, donde es un deber del Estado velar por la protección y acrecentamiento de los recursos naturales.
Se protegerán con estos a los cisnes de cuello negro que vistan por largos períodos estos humedales? Se protegerán los Patos Reales, Los Patos Jergones que visitan a menudo esto lugares? Las Taguas , coipos habitantes permanentes de estos humedales?

Gonzalo dijo...

Es una muy buena noticia. El Alcalde Pizarro finalmente ha puesto las cosas en su lugar. En su acogida al denuncio de ilegalidad dice expresamente que se volverá en Algarrobo al imperio de la ley con un "actuar estricto y celoso al ordenamiento jurídico existente". Ya lo saben las constructoras e inmobiliarias que ya no podrán seguir eludiendo sus obligaciones bajo arbitrariades y uso de influencias o falta de fiscalización.

A la acción del Municipio ahora se ha agregado la fiscalización de la ciudadania organizada que ha dicho ¡Basta!!!!!!!!

Los inversionistas serán bienvenidos, pero deben respetar las normas, leyes y medio ambiente. Algarrobo ya no permitirá los abusos e irregularidades de la ley del más fuerte o poderoso "don Dinero".

María Luisa dijo...

En el oficio de la Alcaldía, en su parte final se lee; "Inmobiliaria el Plomo no ha dado cumplimiento a las exigencias que en él se señalan, lo que se ha plasmado en el deterioro que la comuna ha tenido en cuanto a su accesibilidad, conectividad y carencia de construcciones, así como la convicción del actuar estricto y celoso al ordenamiento jurídico existente, se Acoge el Reclamo de Ilegalidad ..."

Es una conclusión precisa, muy bien fundamentada y que reconoce que la Inmobiliaria ha faltado a los requerimientos obligatorios del Plan Regulador de Algarrobo contenidos en su Seccional "Costa Dorada".

Ya es hora que el defensor de la inmobiliaria Peñablanca (Sucesión Alessandri que reclama la devolución del Parque Comunal El Canelo) y que dice también que la inmobiliaria El Plomo es un ejemplo da blancura, y que las algarrobinos identificamos como el concejal Catalán, pida ser entrevistado de nuevo por la TV Giro Visual y diario El Espectador, para explicar lo inexplicable.

¿Cuántos serán las electores de Algarrobo que no le volverán a dar su voto? Yo al menos no voté por él, pero me encargaré de hablar con amigas y amigos que votaron por él, para que lo hagan de nuevo.

Felicitaciones a este espacio de libre opinión de Algarrobo.

Anónimo dijo...

Ahora habrá que estar atento a la presion de la Inmobiliaria la que sabemos tiene mucha influencia y el poder magico que da el dinero. El concejal Hipolito Aravena lo vivio cuando fue uno de los primeros y mas comprometido defensor de Algarrobo y arremetió en contra de las irregularidades de las grandes inmobiliarias. Usando un error del Polo que no sabia que por ser candidato al concejo municipal estaba impedido de hacer denuncias en contra del municipio, fue aprovechado por las inmobiliarias y usando al concejal Catalán, lo destituyeron. Es de ripley, para no creerlo, pero acá en Algarrobo todo es posible. Es lo que hay ...

Algarrobo Al Día dijo...

La mención a la Mun. de La Reina se hace dentro del contexto de una cita que hace el alcalde, a modo de antecedente.
Incluimos cursiva a toda la cita para evitar malentendidos.
Gracias

Algarrobo Al Día dijo...

Gracias!
En la tarea por entregar información de manera oportuna y veraz, los aportes de todos son necesarios y bienvenidos.

Elena dijo...

Vivo en Mirasol. Era muy feliz hasta que llegaron las inmobiliarias y empezaron con las edificaciones sin asumir obligaciones sociales con la comunidad, olvidandose de medidas de mitigacion de las calles y vias de acceso, como tambien de construir plantas de tratamiento de las aguas servidas.
El verano recien pasado y el ultimo fin de semasa largo quedé encerrada y aislada sin poder ir al centro de Algarrobo, ya que la congestion vehicular colapsó el angosto y unico camino. Si hubiese un accidente ¿qué pasará? Tambien, hay dias en que el mal olor de las aguas servidas es horrible.
Espero que esta decision del Municipio sea un paralele a las inmobiliarias para que dejen ser olimpicamente irresponsables y hagan jugosas ganancias dejandole el problema de las redes do transito y vias de acceso al Municipio.
Me parece muy buena la decision del alcalde Pizarro