jueves, 3 de agosto de 2017

Extracción ilegal de arena en Las Cruces deja al borde de la extinción a planta única en el mundo



El más reciente caso de extracción ilegal de arena en el litoral, dado a conocer hace una semana por el noticiario central de Chilevisión, suma al ya importante impacto ambiental y ecológico una nueva y grave arista: la casi extinción de una especie vegetal única en el mundo, que habita solo en Las Cruces.

Conocida científicamente con el nombre de Astragalus trifoliatus, esta bella especie hasta hace algunos años se repartía en distintos puntos de la comuna de El Tabo. Sin embargo, hoy su presencia ha sido detectada por expertos solo en la playa Las Salinas de Las Cruces, sector donde precisamente se desarrollaron durante años, ante la desidia de las autoridades locales, las faenas ilegales de extracción de arena.


"Es posible que muchos de los ejemplares del lugar hayan sido destruidos por los camiones areneros", señala el biólogo de la U. de Chile Carlos Medina, uno de los científicos con más competencias y trayectoria en el estudio de la flora y fauna del litoral central, quien, además, forma parte del directorio de la Fundación Kennedy. Respecto a una posible protección de la especie por medio de su reproducción en vivero, Medina advierte: "No debiera ser fácil, ya que esta crece en arena suelta, con una raíz larguísima que penetra hasta las capas profundas de la duna, donde la humedad se mantiene todo el año." Aun así, la Fundación Kennedy gestiona un proyecto para ir en rescate de esta amenazada especie, antes de su desaparición total del planeta.

3 comentarios:

Unknown dijo...

que hijos de puta mas grandes............

Anónimo dijo...

Sin perjuicio de valorar la idea de reproducción ex situ, con el objetivo urgente de salvar la especie, lo importante lo significativo lo que para el daño, es detener la intervención ilegal e infracciónal de ese sector, es decir Denuncia por Ley 19.300 a la municipalidad con el objeto de que dentro del plazo fatal de 45 días, conteste fundadamente es decir que debe oficiar a los Servicios Públicos para que investiguen el caso y respondan, con esas respuestas la municipalidad debe responder fundadamente al Denunciante, en caso de no hacerlo queda a ser corresponsable solidario por Daño Ambiental, también realizar denuncia al SAG porque es responsable de Flora Menor y también denunciar en la Super de Medio Ambiente, por desarrollo o ejecución de Proyecto sin RCA, eso es Infracción Grave y puede ser multa de 5 mil UTM.

Retiro de escombros Santiago dijo...

Te apoyo al 100% en tu información, todo esto es muy interesante!